CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ARRENDAMENTO DE VEHÍCULO SIN CONDUCTOR
Furgorent SL, con CIF B71492128, en adelante arrendadora, alquila a la parte arrendataria cuyos datos figuran en el contrato el vehículo asignado de conformidad con las cláusulas y condiciones que se establecen y que la parte arrendataria conoce, acepta y se compromete a cumplir.
1.- Utilización del vehículo
1.1. La persona arrendataria se compromete a utilizar y conducir el vehículo de acuerdo con las normas de conducción, tráfico, zonas de emisiones y aparcamiento vigentes en el lugar y momento en que haga uso del vehículo alquilado, así como las especificaciones de uso del vehículo.
1.2. El vehículo únicamente puede ser conducido por la persona/s identificadas y aceptadas por la arrendadora y únicamente si cumplen la condición de haber cumplido 25 o más años y sean titulares de un permiso de conducción válido y en vigor de como mínimo dos años de antigüedad. Tanto las personas como los originales de su documentación se presentarán en el momento de la formalización del contrato de arrendamiento. La parte arrendataria responderá personal y solidariamente por las personas que conduzcan el vehículo durante el arriendo.
1.3. La parte arrendataria no utilizará el vehículo y/o no dejará que sea utilizado en los siguientes casos:
1.3.1. Vías no autorizadas, vías no pavimentada o vías cuyo estado pueda suponer un riesgo para la seguridad e integridad del vehículo.
1.3.2. Transporte remunerado de pasajeros.
1.3.3. Prácticas de conducción.
1.3.4. Pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles 1.3.5. Transporte de sustancias ilícitas, o toxicas o inflamables y en general peligrosas y/o que infrinjan las disposiciones legales.
1.3.6. Carga no correctamente distribuida o no colocada de forma segura o no cumpliendo los límites de peso, cantidad y /o volumen indicados en la normativa vigentes y el permiso de circulación y/o ficha de inspección técnica del vehículo.
1.3.7. Que exista riesgo de daños para el vehículo o cuando se hayan iluminado los testigos luminosos del cuadro de instrumentos.
1.3.8. Carreras o competiciones oficiales o no.
1.3.9. Empujar o remolcar otro vehículo y/o objeto
1.3.10.Transporte de pasajeros en número superior al autorizado o al indicado en la ficha de inspección técnica del vehículo.
1.3.11.Transporte de menores sin cumplir con los requisitos legales y/o sin los sistema de retención infantil apropiados.
1.3.12.Transportar el vehículo a bordo de cualquier tipo de barco, tren, camión o avión sin la previa autorización expresa de la arrendadora.
1.3.13.Usar o permitir que se use el vehículo como medio o instrumento para la comisión de delitos, actuaciones penadas, prohibidas o simplemente sancionadas por la Ley, auxilio a delincuentes o protección, transporte y cobijo de objetos procedentes de delitos.
1.3.14.Conducir el vehículo con disminución de las condiciones físicas o psíquicas, bajo los efectos de medicamentos que afecten a la conducción o bajo los efectos del alcohol, drogas o sustancias.
1.3.15.Transportar el vehículo por el Eurotunel sin autorización previa y expresa de la arrendadora.
1.4. La parte arrendataria se compromete a mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar en su interior los documentos del mismo.
1.5. Queda prohibido la parte arrendataria ceder, subarrendar, alquilar, hipotecar, pignorar, vender, gravar o de cualquier manera dar en garantía tanto el vehículo como el contrato de alquiler, las llaves del mismo, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del mismo y/o cualquier otra parte o pieza del mismo.
1.6. En la Península se prohíbe, salvo autorización expresa de la arrendadora, el traslado del vehículo a las Islas.
1.7. El vehículo sólo podrá salir fuera de España previa autorización previa y escrita de la arrendadora. Esta autorización es potestativa de la arrendadora y solo se puede llegar a dar para los siguientes países: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Ciudad del Vaticano, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Gibraltar, Irlanda, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, SanMarino, Suecia y Suiza. El incumplimiento de la previa autorización para viajar al extranjero está sujeto a una penalización de 150 €/día fuera de España además de los daños y perjuicio que sufra la arrendadora. Será responsabilidad de la parte arrendataria que quien conduzca el vehículo esté en posesión de un permiso de conducción válido y en vigor para los países en que se utilice el vehículo.
1.8. Todos los puntos anteriores se consideran obligaciones esenciales del contrato por lo que su incumplimiento facultará a la arrendadora para rescindir el contrato sin derecho de reintegro o reembolso de cantidad alguna así como le dará el derecho para reclamar indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Cualquier infracción a las presentes condiciones autorizará a la arrendadora a obligar la parte arrendataria a que restituya el Vehículo inmediatamente, sin necesidad de justificación ni compensación.
2. Estado del vehículo
2.1. La arrendadora hará entrega y la parte arrendataria recibirá el vehículo identificado en el contrato en un estado de correcto funcionamiento, mantenimiento y carrocería, limpieza, libre de defectos, salvo las observaciones que puedan realizarse en el momento de la recepción, las cuales constarán en el propio contrato de alquiler. En caso de que la parte arrendataria detecte alguna deficiencia no consignada en dicho contrato, estará obligada a comunicarlo a la oficina del arrendador donde se formalizó el contrato y se entregó el vehículo, antes de moverlo del lugar de estacionamiento designado. Esto permitirá la incorporación de dichas observaciones al contrato de alquiler.
2.2. La parte arrendataria reconoce que ha recibido el vehículo en buen estado de funcionamiento y limpieza, incluidos los cuatro neumáticos, que en caso de deterioro por causa que no sea el desgaste normal, la parte arrendataria deberá reemplazar inmediatamente, a su costa por otro u otros de idénticas características y estado de uso o satisfacer su importe. Igualmente será responsable del daño que hubiera causado al vehículo.
2.3. Queda expresamente prohibido variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves del vehículo, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior. En caso de infracción de este artículo, la parte arrendataria deberá correr con los gastos, debidamente justificados, de reacondicionamiento del Vehículo a su estado original y abonar una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización del vehículo.
2.4. La parte arrendataria releva a la arrendadora de toda responsabilidad por pérdidas o daños que se produzcan en objetos dejados o transportados en el vehículo por la parte arrendataria o por cualquier otra persona o en la ropa de estos, bien durante la vigencia del contrato o después de la devolución del Vehículo.
2.5. En los arrendamientos de vehículos provistos de un depósito AdBlue®, deberá la parte arrendataria verificar que el tanque esté siempre suficientemente lleno, respondiendo de los perjuicios que se ocasionen por el incumplimiento de esta obligación de verificación y, en su caso, reposición del AdBlue®
2.6. Los vehículos con motor de combustión se entregarán al arrendatario con el depósito de combustible lleno, obligándose la parte arrendataria a devolverlo en el mismo estado en que lo recibió. En caso de que no se devuelva el vehículo con el tanque de combustible lleno, se le aplicará un cargo adicional que comprende tanto el coste del combustible como 75 € adicionales en concepto de cargo por la gestión de repostaje. Este cargo podrá hacerse efectivo mediante cargo al Depósito de garantía o al método de pago válido con el que se ha garantizado el pago del arrendamiento. La parte arrendataria deberá repostar el vehículo con el tipo de combustible adecuado para el mismo, de lo contrario será responsable de los gastos ocasionados por el traslado y/o la reparación de los daños producidos en el vehículo a raíz de ello.
2.7. Se prohíbe a la parte arrendataria la reparación por sí misma o por terceros del vehículo sin la autorización previa y expresa de la arrendadora.
3. Sistema de localización por satélite (GPS)
3.1. El vehículo arrendado está dotado de un sistema de localización por satélite (GPS) el cual estará en funcionamiento durante toda la duración del contrato, y cuya manipulación está expresamente prohibida a la parte arrendataria en todos los casos.
3.2. Cualquier manipulación y/o incidencia detectada por la arrendadora en el GPS del vehículo arrendado, será causa de rescisión del contrato.
4. Precio
4.1. El precio es un elemento esencial del contrato y la información proporcionada por la parte arrendataria (duración, edad, personas conductoras adicionales, etc.) afecta a su determinación. Cualquier cambio en dicha información podría por tanto implicar un cambio de dicho precio. El precio de su alquiler será el vigente en el momento de realizar su reserva o en el momento en que haga cambios en la misma.
4.2. El precio incluye los siguientes conceptos:
✓ La tarifa de alquiler diaria del vehículo para el número de días naturales acordado y la cantidad de kilómetros pactada.
✓ Cualquier otro servicio de movilidad que decida contratar asumiendo el importe correspondiente.
✓ El seguro obligatorio del vehículo.
✓ Impuesto de Valor Añadido (IVA).
✓ Otros importes adicionales derivados de sus circunstancias personales.
4.3. La parte arrendataria consiente expresamente que la arrendadora cobre contra el medio de pago aportado por la parte arrendataria cualquier cantidad no pagada derivada del contrato de reserva o alquiler.
4.4. En ningún caso el depósito podrá servir para una prórroga del alquiler. El pago de dichos importes deberá ser realizado mediante tarjeta de crédito o en metálico. En caso de que se efectúe en metálico, la arrendadora se reserva el derecho de solicitar una o más tarjetas de crédito en concepto de garantía.
4.5. Además del precio del alquiler, la parte arrendataria prestara una garantía para posibles cargos adicionales consistente en un depósito o fianza por importe de 600 €. 4.6. La parte arrendataria perderá la totalidad de la fianza cuando se produzcan a incidentes o accidentes durante el periodo de alquiler. A título de ejemplo no exhaustivo se enumeran los siguientes:
▪ Multas o peajes, además de los cargos administrativos por su tramitación.
▪ Limpieza del vehículo devuelto en estado no adecuado.
▪ Pérdida o sustracción de llaves.
▪ Daños o pérdidas causadas al vehículo durante el alquiler y los cargos administrativos por su gestión.
▪ Paralización del vehículo por motivo de embargo, avería o daños imputables a la parte arrendataria.
▪ Combustible.
▪ Kilómetros que excedan del kilometraje incluido en la tarifa del alquiler.
▪ Restitución de elementos y/o equipamiento del vehículo.
▪ Los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el vehículo. En caso de daños al vehículo, así como a sus accesorios y complementos, y/o sustracción de los mismos, se efectuará el correspondiente cargo por los siguientes conceptos e importes:
Además del importe de la fianza la parte arrendadora podrá reclamar a la parte arrendataria los daños y perjuicios, incluido el lucro cesante, que el incidente o accidente le produzca.
5. Duración del contrato
5.1. La duración del alquiler es un elemento esencial del contrato y será la pacta en el mismo.
5.2. Se contabiliza en base a períodos de veinticuatro horas contados desde la hora en que se hubiera formalizado el contrato. Existe un período de cortesía de 29 minutos, pasado el cual se realizará un cargo adicional de las horas que se hayan sobrepasado o bien un día a partir de las tres horas.
5.3. La parte arrendataria no puede conservar el vehículo por tiempo superior al convenido en el contrato sin previo y expreso consentimiento de la arrendadora. Este nuevo plazo puede estar sujeto a modificación de condiciones.
5.4. La parte arrendataria se obliga a devolver el vehículo en la fecha, hora y lugar establecidos en el contrato.
5.5. Si la parte arrendataria circula con el contrato caducado y sin autorización de la arrendadora, automáticamente quedarán en suspenso los seguros contratados.
6. Reservas
6.1. Las reservas de vehículos se refieren a categorías de vehículos. La reserva en una categoría no confiere el derecho la parte arrendataria a la asignación de un modelo concreto dentro de la misma.
6.2. La arrendadora mantendrá la reserva del vehículo hasta sesenta minutos después de la hora convenida, no estando obligado a prestar el servicio en las condiciones pactadas transcurrido dicho plazo.
6.3. Las cancelaciones se deberán efectuar con una antelación mínima de 12 horas respecto del inicio del alquiler, en caso contrario no se reintegrará a la parte arrendataria las cantidades abonadas.
6.4. En el caso de indisponibilidad de vehículos, la arrendadora podrá cancelar la reserva con una antelación mínima de 12 h y devolviendo a la parte arrendataria todas las cantidades abonada hasta el momento.
7. Seguros
Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro obligatorio del vehículo que cubre una cantidad por víctima y siniestro, las cuantías establecidas reglamentariamente en el momento del accidente; y del Complementario de Responsabilidad Civil, así como las fianzas, defensa jurídica y reclamación de daños, con coberturas limitadas, y todo ello derivado del uso y circulación del vehículo. Mediante la firma del contrato de alquiler la parte arrendataria de adhiere como asegurada a la póliza concertada por la arrendadora.
El seguro no cubre y por tanto son por cuenta de la parte arrendataria:
▪ La pérdida total o parcial ni daños sufridos en el vehículo por robo y/o vandalismo y/o accidente de circulación imputable a la parte arrendataria o conductora.
▪ Los daños, pérdidas ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos transportados en el Vehículo.
▪ El pago de las multas o sanciones impuestas por las autoridades competentes y las consecuencias de su impago.
▪ Los daños y perjuicios causados en las personas y bienes de los que resulten titulares la parte arrendataria, quien conduzca, sus cónyuges, ascendientes o descendientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, siempre y cuando convivan con habitualmente con ellos y a sus expensas.
▪ La Responsabilidad Civil Contractual.
▪ Los daños producidos a quien conduzca, ni ocupantes.
▪ Los daños producidos al vehículo asegurado por los equipajes, mercancías u objetos transportados en el vehículo.
▪ Los daños corporales y materiales producidos con ocasión de haber sido robado el vehículo asegurado.
▪ Los daños que afecten a accesorios del vehículo asegurado.
▪ Los daños que se ocasionan como consecuencia de la circulación del vehículo por vías no aptas para la circulación, vías no asfaltadas o infringiendo el código de circulación vigente.
▪ Las averías mecánicas.
▪ Los daños ocasionados por actos de vandalismo.
▪ Los daños consecuencia de guerras, catástrofes naturales.
▪ Los daños consecuencia de actuaciones de los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado.
▪ Los daños consecuencia de participación en concursos y competiciones.
▪ Los daños consecuencia de conducción sin permiso o licencia de circulación o sin la autorización de la arrendadora.
▪ Los daños consecuencia de conducción bajo los efectos de las bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes.
Se informa a la parte arrendataria que tiene la opción voluntaria de contratar un seguro adicional que cubra en parte o totalmente los daños propios y/o las franquicias del seguro del vehículo.
8. Accidentes
8.1. La parte arrendataria se compromete a informar en un plazo no superior a 24 horas al Arrendador de cualquier siniestro y a transmitirle inmediatamente cuantas cartas, citaciones o notificaciones que a dicho siniestro se refieran y prestar completa colaboración con la arrendadora y a la Compañía Aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación o proceso, y, en cualquier caso, antes de la finalización de su período de alquiler. También deberá entregar un parte de accidente totalmente cumplimentado y cualquier otro documento pueda ser de utilidad para complementar su declaración.
8.2. En el momento del accidente o siniestro la parte arrendataria cumplimentará debidamente el parte de accidentes (el cual se entrega junto con toda la documentación), debiendo entregar una copia firmada por los conductores implicados en el accidente en un plazo nunca superior a 24h.
8.3. En caso de avería o accidente la arrendadora no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que directa o indirectamente pudieran causar la parte arrendataria por tal motivo.
8.4. En caso de robo del vehículo deberá informar sobre los hechos denunciados con la mayor brevedad, entregando el original de la denuncia antes de 24 horas desde su formalización, salvo situaciones de fuerza mayor, y en todo caso antes de finalizar el período de arrendamiento pactado, junto con las llaves originales del vehículo.
8.5. El siniestro o el robo del vehículo no implica automáticamente una obligación de la arrendadora de poner a disposición de la parte arrendataria un vehículo de sustitución.
9. Combustible
9.1. El combustible consumido por el vehículo durante el período de alquiler del mismo es por cuenta de la parte arrendataria.
9.2. Se deberá repostar el vehículo con el tipo de combustible adecuado para el mismo. En caso contrario la parte arrendataria será responsable de los gastos ocasionados por el traslado y/o la reparación de los daños que hubieran podido producir en el Vehículo por uso de combustible inadecuado
9.3. El vehículo se entregará a la parte arrendataria con el depósito lleno de combustible, comprometiéndose está a devolver el vehículo con el depósito igualmente lleno combustible y aportando el ticket de repostaje del mismo. Dicho repostaje se realizará en las estaciones de servicio lo más cercana posible a la oficina de entrega. En caso contrario se le facturará el que falte más un cargo adicional en concepto de servicio de repostado.
10. Devolución del vehículo
El vehículo será devuelto en lugar, fecha y hora pactados en el contrato considerándose esto una obligación esencial del contrato. El periodo de alquiler finaliza cuando se devuelva el vehículo, entreguen la llaves y se firme el fin de contrato.
Al devolver el vehículo, la persona/s designadas por la arrendadora procedan junto con la parte arrendataria a la inspección del vehículo y firmaran un informe del estado del vehículo en el momento de la devolución.
La arrendadora no se hace responsable de las propiedades y/o objetos que olvidados en el interior del vehículo.
La devolución efectuada en otro lugar o fecha u hora de los establecidos en el contrato dará lugar a penalización contractual de obligado pago para la parte arrendataria.
El uso de un sistema de navegación en el vehículo durante el período de alquiler puede dar lugar a que se almacenen en el vehículo los datos de navegación. Cuando se enlazan teléfonos móviles u otros dispositivos a un vehículo, los datos de dichos dispositivos podrían también ser almacenados en el vehículo. La arrendadora no recopila ni trata estos datos. Si la parte arrendataria y/o conductora desea que dichos datos no permanezcan en el vehículo tras su devolución, debe asegurar por sí mismo el borrado de dichos datos antes de devolver el vehículo. El borrado/eliminación de los datos puede efectuarse reseteando el navegador y sistemas de comunicación del vehículo, lo cual se efectuará indicando “configuración de fábrica”. Las Instrucciones se encuentran en el Manual de uso dentro de la guantera del vehículo. No es responsabilidad de la arrendadora borrar los datos mencionados.
En el supuesto de no devolución del vehículo en la fecha prevista y tras 8 horas de retraso en la devolución sin que se haya extendido el contrato, la arrendadora entenderá que existe una apropiación indebida del vehículo procediendo a denunciar dichos hechos ante las autoridades competentes.
11. Resolución del contrato
Las partes tendrán derecho a resolver el contrato de concurrir una causa legal para ello. La arrendadora tendrá derecho a resolver el contrato con efectos inmediatos, en el caso incumplimiento de cualquiera de las obligaciones esenciales del contrato.
En caso de resolución del contrato, la parte arrendataria está obligada a la inmediata devolución del vehículo, las llaves, la documentación y los accesorios. En todo caso, la arrendadora tendrá derecho, al resolver el contrato, a retirar el vehículo de allí donde se hallare.
En caso de resolución contractual podrá la arrendadora reclamar los daños y perjuicios que la misma le haya ocasionado, lo que incluye no solo el daño emergente (inclusive grúas, peritajes, costes legales, etc.) sino también el lucro cesante por la falta de disponibilidad del vehículo.
12. Jurisdicción aplicable
La parte arrendataria, sea cual sea su nacionalidad, declara haber leído todas las condiciones del presente contrato y para resolver cualquier duda o disconformidad que pudiera surgir por la interpretación y cumplimentación del mismo, ambas partes renuncian expresamente a sus propios fueros y se someten a los Tribunales de Justicia de Pamplona.
13. Disposiciones generales
13.1. En caso de existir más de un arrendatario o conductor, responderán todos solidariamente frente a la arrendadora.
13.2. Todos los derechos y las obligaciones que se deriven de las presentes condiciones y del contrato serán extensivos a todas las personas conductoras autorizadas.
13.3. Cualquier modificación de las cláusulas y condiciones del presente contrato deberá constar expresamente por escrito, sin lo cual quedará nula y sin efecto. 13.4. Exclusión del derecho de desistimiento: De conformidad con el artículo 103 apartado “l” del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, el Cliente no tiene derecho de desistimiento, es decir, no es posible que el Cliente revoque su declaración de intención de celebrar el contrato de arrendamiento.
14. Protección de datos
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del RGPD, se informa de modo expreso, preciso e inequívoco de su inclusión en los ficheros responsabilidad de FRUGORENT, S.L., con la finalidad del desarrollo, cumplimiento y control de la relación contractual, pudiendo dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuese incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación, en el caso de que ello sea legalmente posible. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad), dirigiéndose a: FURGORENT, S.L., con dirección en calle Sanducelay, 7 bajo 4, 31012 Pamplona o mediante correo electrónico a furgorentpamplona@gmail.com adjuntando fotocopia de su DNI.
Sus datos serán cedidos en todos aquellos casos en que sea necesario para el desarrollo, cumplimiento y control de la relación contractual o en el supuesto de que lo autorice una norma con rango de ley. En este sentido, sus datos podrán ser cedidos, sin carácter limitativo o excluyente, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en cumplimiento del art. 25 de la Ley Orgánica 4/2015 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y de la Orden de 16 de septiembre de 1974 sobre control gubernativo de automóviles de alquiler, con o sin conductor, en desarrollo del artículo segundo del Real Decreto 393/1974, de 7 de febrero.
De este modo, FURGORENT, S.L., tendrá acceso a su ubicación a través de un sistema de geolocalización (GPS) instalado en el vehículo arrendado, con la finalidad de velar por la seguridad e integridad del vehículo asignado titularidad de la entidad, durante todo el tiempo que dure la prestación de servicios derivados de la relación con nuestra entidad.
La negativa al tratamiento o cesión de los datos llevaría aparejada la imposibilidad del mantenimiento y cumplimiento de la relación contractual.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 5. 1. d. del RGPD, ambas partes se comprometen a comunicar los cambios que se produzcan en sus datos, de forma que respondan con veracidad a su situación actual en todo momento